Modelo de partición de herencia. Acuerdo privado de partición definitiva de bienes.

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Introducción

Como sabemos, los acuerdos de partición de herencia tienen por objeto concluir la comunidad indivisa de bienes indivisos hereditarios, distribuyendo la propiedad de los mismos de acuerdo a los derechos hereditarios proporcionales que le corresponden en la sucesión respectiva y las compensaciones o colaciones que existieren entre los copartícipes correspondientes.

Los coparticipes, cuando sean capaces y se encuentren en su totalidad presentes (en todos los demás supuestos deberá realizarse partición judicial), podrán firmar acuerdos de partición de bienes de manera privada y luego presentarlos para homologar ante el respectivo Juez del sucesorio.

A tal fin, y a efecto meramente ejemplificativo, les proveo un modelo de partición de herencia (acuerdo privado), pudiendo adicionarse cualquier otra cláusula que resulte de utilidad para cada caso concreto.

Leé también: La Partición de herencia en el Código Civil y Comercial

Modelo de partición de herencia. Acuerdo privado.

En la localidad de Pedernales, partido de Veinticinco de Mayo, provincia de Buenos Aires, a los  7 (siete) días del mes de Setiembre del año 2015; entre los Sres. Nombres y apellidos de los coparticipes, DNI, domicilio real de coherederos, acuerdan partir la masa indivisa de bienes que integran el caudal relicto del causante  MIGUEL PALERMO cuyos autos caratulados “Palermo Miguel s/ Sucesión Ab- Intestato” Expte n° 173.450 tramitan por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 22 de la ciudad y partido de Mercedes (B), conforme las previsiones del art. 2369 y siguientes del CCyCN, acuerdo que se regirá por las siguientes clausulas a saber: PRIMERA: Los coherederos de común acuerdo disponen que el bien inmueble cuyos datos catastrales son Cir. VV, Sección B, manzana 62, partida inmobiliaria n° 23-9999, matrícula n° 234, ubicado en la ciudad y partido de Lomas de Zamora (B) resulte adjudicado en plena propiedad al coheredero IGNACIO PALERMO. SEGUNDA: Los coherederos también de común acuerdo disponen que el bien inmueble cuyos datos catastrales son Cir. VV, Sección B, manzana 66, partida inmobiliaria n° 23-9997, matrícula n° 239, ubicado en la ciudad y partido de Lomas de Zamora (B) resulte adjudicado en plena propiedad al coheredero SUSANA PALERMO. TERCERA: Las parte acuerdan agregar el presente al expediente sucesorio citado para su toma de razón y a efectos que se libren las órdenes del caso. CUARTA: Los coherederos se garantizan recíprocamente su responsabilidad por vicios ocultos y garantía de evicción en los bienes que se adjudican. QUINTA: Se firman tantos ejemplares como partes intervinientes existen en el presente, en la localidad de Pedernales, partido de Veinticinco de Mayo a los 7 (siete) días del mes de Setiembre del año 2015. Firmas.

Leé también: Licitación como partición de la herencia

Nota al modelo

Este es un modelo de acuerdo particionario privado efectuado por los coherederos. También puede presentarse en escrito judicial firmando todos los coherederos el mismo escrito o por separado manifestando la conformidad con la propuesta esbozada por uno de ellos.

Se recuerda que no puede efectuarse partición privada cuando existen personas con capacidad restringida o incapaz o bien existen personas ausentes.

Bibliografía recomendada

Para ampliar sobre el tema, recomiendo la lectura de mi libro “PARTICION DE HERENCIA”. Allí encontrarán las formas de realizar una partición, las diversas modalidades de partición que existen, cómo realizar la cuenta particionaria, la manera de sumar los valores colacionables, y como deducir las deudas. En el libro se aborda la cuestión relativa al concepto de deudas y cargas de la sucesión.

Asimismo posee modelos de partición de herencia, de cuentas particionarias judiciales, acuerdos particionarios, de indivisión de herencia y de contratos de herencia futura entre muchos otros relativos a la casuística en relación con la partición de la herencia.

Artículos complementarios sobre partición de herencia

Puede consultarse mi artículo introductorio sobre la partición de herencia en el Código Civil y Comercial, publicado en el sitio web de Editorial García Alonso, donde he publicado mi Biblioteca de Derecho Sucesorio.

También puede consultarse mi artículo sobre cómo hacer una partición de herencia:

Leé también: 5 errores comunes en los pactos de partición de herencia

Algunos antecedentes del Dr. Jorge A. Germano

El doctor Jorge A. Germano es abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora.

Ejerce la profesión de manera independiente en Provincia de Buenos Aires y Fuero Federal del Interior.

Fue integrante de la Comisión de Jóvenes Abogados del Departamento Judicial Mercedes (B) e integrante del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mercedes (B).

Como especialista en Derecho sucesorio ha publicado una colección de libros de la temática: Derecho sucesorio – teoríaPráctica del derecho sucesorioAdministración de la sucesiónMedidas cautelares en procesos sucesoriosVocación hereditariaContratos y pactos sucesoriosCesión de derechos hereditariosPartición de herencia.

Canal de YouTube de capacitación gratuita (clic para verlo).

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